El beneficio de canalización de ahorro dispuesto por el artículo 9º
de la ley 14.178, se aplicará a las nuevas integraciones de capital social
de la empresa Tecnosolar S.A. (en formación) hasta un monto en moneda
nacional equivalente a U$S 155.000.00 y siempre que se realicen dentro del
plazo de 2 años a partir de la presente resolución de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre de
1979.