El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el
artículo 9º de la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de
capital social de la empresa Monseste S.A. hasta un monto en moneda
nacional equivalente a dólares 132.240 y siempre que se realicen dentro
del plazo de 2 años a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a
lo dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979 del 19 de noviembre de
1979.