AUTORIZACION DEL LANZAMIENTO DE UN SATELITE GEOESTACIONARIO DE TELECOMUNICACIONES PARA LA PRESTACION DE FACILIDADES SATELITALES EN EL TERRITORIO AMERICANO




Promulgación: 11/04/2001
Publicación: 20/04/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 931

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 Establécese que el plazo de vigencia de la autorización es de 15 
(quince) años contados a partir de la puesta en órbita del satélite, 
renovable por períodos a determinar oportunamente por el Poder Ejecutivo, 
condicionada al cumplimiento de las condiciones técnico-administrativas y 
económicas que se establezcan en su oportunidad.
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