Comuníquese a la Dirección General de Catastro Nacional, al
Registro General de Inhibiciones (Sección Reivindicaciones) a la
Intendencia Municipal de Montevideo (Dirección de Arquitectura y del
Plan Regulador) al Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
(Direcciones de Arquitectura y de Vialidad), al Ministerio de
Educación y Cultura, a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico
y Cultural de la Nación y a los propietarios del referido inmueble.