INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. MALDONADO




Promulgación: 25/01/1994
Publicación: 07/02/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 138
Referencias a toda la norma

8

 Cométese a la Dirección Nacional de Comunicaciones el seguimiento en la
prestación de los servicios autorizados a los efectos de poder aconsejar:
a) otras autorizaciones en favor de las demás propuestas recibidas; b) la
restricción del número de operadores; c) la  oportuna realización de
nuevos llamados públicos siempre que la autorización a nuevos operadores
no frustren la capacidad de actuales servicios, tanto de televisión
abierta como para abonados.
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