OTORGAMIENTO A TRANSUR LTDA. AUTORIZACION OPERATIVA AERONAUTICA PARA SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO NACIONAL E INTERNACIONAL




Promulgación: 03/07/1984
Publicación: 24/08/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 15

7

  La autorizada deberá iniciar los servicios dentro de los 180 días de
publicada la presente resolución. Sin perjuicio de lo que disponen los
artículo 121 del Código Aeronáutico (Ley 14.305 del 29 de noviembre de
1974) y 30 de la Reglamentación aprobada por decreto 39/977 del 25 de
enero de 1977, la Comisión Nacional de Política Aeronáutica, procederá a
evaluar el ejercicio de la autorización al año de la presente resolución,
conforme a las normas de política aerocomercial vigentes, aconsejando las
adecuaciones o medidas pertinentes respecto de la autorización acordada.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 10.
Referencias al numeral
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