Visto: la solicitud de la firma "Sevel Uruguay S.A." dedicada el
ensamblado y comercialización de automóviles, tendiente a obtener al
amparo del decreto ley 14.178 de Promoción Industrial, de 28 de marzo de
1974, la declaración de Interés Nacional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales.
Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la instalación de una
planta de tratamiento anticorrosivo de carrocerías por el sistema de
cataforesis;
II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por "Sevel Uruguay S.A." y propone medidas
promocionales.
Considerando: que el proyecto presentado por la firma "Sevel Uruguay
S.A.", es viable, técnica, financiera y económicamente y beneficia la
economía en su conjunto, en cuanto se obtiene una mayor eficiencia en la
producción y comercialización en base a la instalación de una nueva
tecnología y se aumentan y diversifican las exportaciones de bienes
industrializados con mayor valor agregado nacional.
Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial, lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria y Energía y lo establecido por el decreto ley 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por "Sevel Uruguay S.A.", dedicada al ensamblado y
comercialización de automóviles para la instalación de una Planta de
tratamiento anticorrosivo de carrocerías.