El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9 de
decreto ley 14.178 con la redacción dada por el artículo 201 de la ley
15.851 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de la
empresa Creder S.A. todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 del
decreto 663/979, con la redacción dada por el decreto 803/986 del 5 de
diciembre de 1986, hasta un monto en moneda nacional equivalente a U$S
454.575 así discriminados:
U$S 210.425 antes del 30 de abril de 1987.
U$S 204.900 desde el 1º de mayo de 1987 hasta el 30 de abril de 1988.
U$S 39.250 desde el 1º de mayo de 1988 hasta el 30 de abril de 1989.