Ver vigencia: Resolución Nº 186/000 de 22/02/2000 numeral 1.
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Los permisionarios deberán cumplir con las condiciones
técnico-administrativas, establecidas por la Dirección Nacional de
Comunicaciones. El cumplimiento de estas condiciones no supondrá cambio
alguno en su carácter de precario y revocable.- (*)