VISTO: la solicitud de la firma LA SIBARITA S.A., que se dedica a la
fabricación y comercialización de productos alimenticios, tendiente a
obtener, la declaratoria promocional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales;
RESULTANDO: I) el proyecto presentado tiene como objetivo la
incorporación de maquinaria de nueva tecnología, con el fin de
incrementar la producción y mejorar la eficiencia productiva;
II) la Comisión de Aplicación creada por el art. 12 de la Ley No. 16.906
del 7 de enero de 1998 considera que corresponde la declaratoria
promocional para la actividad del proyecto de inversión presentado por LA
SIBARITA S.A. y propone medidas promocionales;
CONSIDERANDO: que el proyecto presentado por la firma LA SIBARITA S.A.,
de acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de Industrias, es
viable técnica, financiera y económicamente;
ATENTO: a lo expuesto, lo aconsejado por la Comisión de Aplicación (art.
12 de la Ley No. 16.906) y lo establecido por el Decreto Ley Nº 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y por la Ley No. 16.906 del
7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por LA SIBARITA S.A., que tiene como finalidad la incorporación de
maquinaria de nueva tecnología, con el fin de incrementar la fabricación
de productos alimenticios y mejorar la eficiencia productiva de los
mismos.