El beneficio de la canalización del ahorro dispuesto por el artículo
9º de la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital
social de la empresa Compañía Nacional de Cementos S.A. hasta un monto en
moneda nacional equivalente a U$S 186.500.00 y siempre que se realicen
dentro del plazo de 18 meses a partir de la presente resolución, todo de
acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de
noviembre de 1979.