Autorízase a la empresa LOS CRIOS S.A. (COMPLEJO TURISTICO LOS CRIOS) a
usufructuar las exoneraciones previstas en el artículo 3o. Inciso 2o. del
Decreto 291/95 (exoneración del Impuesto al Valor Agregado a la
importación de bienes y servicios destinados a la construcción,
infraestructura y obra civil) en relación a los siguientes bienes: cabañas
prefabricadas, techos, herrería, revestimientos para pisos y paredes,
mampostería, tirantería, tejas, aislantes para techos y paredes,
instalación eléctrica y sanitaria, carpintería, pintura, elementos de
calefacción central y de agua de piscina, aire acondicionado central,
sistemas de seguridad, perfiles de aluminio y madera, acrílicos, vidrios,
y por hasta la suma de U$S 242.760, que será aplicable de la siguiente
manera: U$S 177.215 a los ejercicios fiscales comprendidos entre el
1o./01/98 y el 31/12/99 y U$S 65.545 a los ejercicios fiscales
comprendidos entre el 1o./01/2000 y el 31/06/2001. (*)