Autorización previa para ceder créditos por indemnizaciones.
Autorízase a Corporación Vial del Uruguay S.A. a ceder a favor del
Fideicomiso en Garantía a constituirse en el marco del Programa de
Emisión de Obligaciones Negociables, los créditos futuros resultantes de
las Indemnizaciones que el Estado deba abonar a Corporación Vial del
Uruguay S.A. de acuerdo con lo establecido en el Convenio y Contratación
Directa suscrito el 5 de octubre de 2001 y sus modificativos.