Cesión de recaudación de las tarifas de los peajes.
Otórgase al Fideicomiso de Garantía a constituirse en el marco del
Programa de Emisión de Obligaciones Negociables, el derecho a percibir la
recaudación de las tarifas de los siguientes puestos de peajes, para el
caso en que los mismos reviertan al Estado antes del vencimiento del
plazo de la concesión cualquiera sea la causa:
a) Ruta 1 -Arroyo Cufré
b) Ruta 1 -Río Santa Lucía (Rutas nueva y vieja)
c) Ruta 2 -Río Negro
d) Ruta 3 -Río Negro
e) Ruta 3 -Río Queguay
f) Ruta 5 -Río Negro
g) Ruta 5 -Río Tacuarembó
h) Ruta 8 -Río Cebollatí
i) Ruta 9 -Arroyo Solís Grande
j) Ruta 9 -Arroyo Garzón
k) Ruta Interbalnearia -Arroyo Pando
l) Ruta Interbalnearia -Arroyo Solís Grande
m) Ruta 11 -Río Santa Lucía
El Fideicomiso de Garantía a constituirse, tendrá derecho a percibir la recaudación de las tarifas de los peajes individualizados en este artículo, a partir del momento en que los mismos reviertan al Estado y hasta tanto se cancelen en forma total las obligaciones negociables a
ser emitidas por Corporación Vial del Uruguay S.A. bajo el Programa de
Emisión y los gastos de funcionamiento, tributos y honorarios del
Fideicomiso. En este caso, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas
determinará quién será el encargado de realizar la recaudación de las tarifas de los referidos puestos de peajes, debiendo transferir al Fideicomiso de Garantía dentro de los diez primeros días de cada mes, las sumas recaudadas en el mes anterior menos un 20% de descuento por
concepto de gasto de recaudación.
En ningún caso la cesión se extenderá por un plazo mayor al plazo de la concesión otorgada, previsto en el Convenio y Contratación Directa suscrito el 5 de octubre de 2001 y sus modificativos, incluyendo sus eventuales modificaciones o prórrogas.
La presente cesión estará condicionada a que a la fecha en que los peajes reviertan al Estado no se hubieren cancelado en su totalidad las obligaciones negociables a ser emitidas por Corporación Vial del Uruguay S.A. bajo el Programa de Emisión, más los gastos de funcionamiento, tributos y honorarios del fideicomiso.