A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales dispuesto
precedentemente, así como de lo establecido en la resolución de la
Administración Nacional de Puerto del 19 de marzo de 1987, el Ministerio
de Industria y Energía previo informe de la Unidad Asesora, certificará a
los organismos competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su
adecuación al proyecto declarado de Interés Nacional.