Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión que se declara de Interés Nacional
en la presente Resolución, se considerarán activos exentos a los efectos
de la liquidación del Impuesto al Patrimonio por el término de 5 años a
partir del ejercicio de su incorporación inclusive y por un monto de hasta
U$S 1.157.400.