AUMENTO DE POTENCIA DE RADIODIFUSION. 94.5 MHZ. CANAL 233. RIVERA




Promulgación: 20/07/1999
Publicación: 29/07/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 128

2

 Los permisionarios deberán cumplir con las condiciones
técnico-administrativas establecidas por la Dirección Nacional de
Comunicaciones, no suponiendo esto cambio alguno en su carácter de
precario y revocable.-
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