El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el art. 9 del
decreto ley 14.178, con la redacción dada por el art. 201 de la Ley 15.851
se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de la empresa
CEREALIN S.A. hasta un monto en moneda nacional equivalente a U$S
1:094.200
y siempre que se realicen dentro del plazo de 18 meses a partir del 12 de
enero de 1992, todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 111 del
decreto 840/988 del 14 de diciembre de 1988.