DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. CURTIEMBRE BRANAA S.A.




Promulgación: 14/05/2003
Publicación: 20/05/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1089
VISTO: la solicitud de la empresa CURTIEMBRE BRANAA S.A., tendiente a que 
se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 5 de abril de 2001, 
por la que se declaró promovida la actividad de su proyecto de 
inversión;

RESULTANDO: la empresa manifiesta la necesidad de inversiones adicionales 
para abastecer una importante demanda de la industria automotriz;

CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de 
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la 
recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y 
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de 
beneficios establecidos en la citada Ley;

II) que la ampliación del proyecto presentada por CURTIEMBRE BRANAA S.A. 
da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 
1998;

ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 de 28 
de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 5 de abril de 2001, 
por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de 
la empresa CURTIEMBRE BRANAA S.A. en el sentido de incluir:
*  Un (1) sistema de automatización para fulones de teñido y accesorios.
*  Un (1) master computador para el sistema de automatización de fulones.
*  Dos (2) filtros para planta de tratamiento de efluentes.
*  Una (1) máquina divisora en seco completa, con accesorios.
*  Ciento sesenta (160) planchas de teflón para troqueladora.
*  Cuatro (4) máquinas troqueladoras de cuero.
*  Un (1) autoelevador eléctrico de 2.500 kg. de capacidad.
dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral 2º, declarado 
no competitivo de la industria nacional.

HIERRO LOPEZ - JUAN BORDABERRY - ALEJANDRO ATCHUGARRY


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