La COOPERATIVA 11 DE NOVIEMBRE podrá hacer uso del crédito previsto en el
art. 44 del Decreto No. 220/998 por el Impuesto al Valor Agregado generado
en la adquisición en plaza de los materiales destinados a la inversión
proyectada, hasta un monto de IVA incluido en dichos materiales
equivalente a 2.610 (dos mil seiscientos diez) unidades reajustables.