COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO. APROBACION DE CONTRATO DE FUSION. PRIMERA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE PAYSANDU. COOPERATIVA NACIONAL DE AHORRO Y CREDITO




Promulgación: 21/08/2006
Publicación: 30/08/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 365
VISTO:  la Resolución del Poder Ejecutivo de 24 de diciembre de 2003 en
la cual se autorizó a las empresas "Cooperativa Nacional de Ahorro y
Crédito" (COFAC) y "Primera Cooperativa de Ahorro y Crédito de Paysandú"
(CACDU) a fusionarse por el procedimiento de incorporación, de
conformidad con el contrato celebrado el 28 de febrero de 2002.

RESULTANDO:  I) que en el Numeral 2º de la misma se dispuso que el
contrato de fusión actualizado y su documentación complementaria, debía
presentarse ante el Ministerio de Economía y Finanzas a los efectos
correspondientes.-

II) que las cooperativas COFAC y CACDU procedieron a otorgar nuevo
contrato de fusión el 31 de diciembre de 2003, en cumplimiento con lo
establecido en la Resolución del Poder Ejecutivo referida.

CONSIDERANDO:  I) que llamada a expedirse la Auditoría Interna de la
Nación manifestó que no existían objeciones para la aprobación del
contrato de fusión que se solicita.

II) que el Banco Central del Uruguay en su oportunidad, había manifestado
su conformidad.

III) que la gestión que se promueve, en cuanto al procedimiento de
fusión, se enmarca en las disposiciones de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero
de 1996 y la normativa específica en materia de intermediación financiera
(Ley Nº 17.613 de 27 de diciembre de 2002, Decreto-Ley Nº 15.322 de 17 de
setiembre de 1982 en la redacción dada por la Ley Nº 16.327 de 11 de
noviembre de 1992, el Decreto Nº 614/992 de 11 de diciembre de 1992) y
demás disposiciones concordantes y complementarias.

ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la Auditoría
Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase el contrato de fusión entre la " Primera Cooperativa de Ahorro
y Crédito de Paysandú" (CACDU) por la cual, aquella resultó absorbida por
la "Cooperativa Nacional de Ahorro y Crédito" (COFAC). (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 Comuníquese, notifíquese, devuélvase la documentación que corresponda,
expídase copia autenticada y archívese.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI
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