Exonérase en forma total a la empresa Raltur S. A. de todo recargo,
derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a la Importación,
Tasa de Movilización de Bultos y en general, todo tributo cuya aplicación
corresponda en ocasión de la importación del siguiente equipamiento
previsto en el proyecto y declarado "competitivo de la industria
nacional", a excepción del Impuesto al Valor Agregado:
-Un (1) puente grúa de 10 ton., trocha 10.9m. con pasarela
de mantenimiento, frenos y cabina sistema de protección
-Un (1) transformador de potencia en caño de aceite, 1600
KVA nominal, con accesorios.
-Un (1) puente grúa para fundición, con capacidad de 25 T y 7 T,
con accesorios.
-Tres mil ciento cincuenta y nueve (3.159) kg, de materiales
refractarios.