Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas
vigentes emanadas de las autoridades competentes en la implantación,
ejecución y funcionamiento del presente proyecto.
Su incumplimiento podrá cuando a ello hubiera mérito, traer
aparejado de oficio o a petición de parte la revocación de la declaración
de Interés Nacional, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 13 del
decreto ley 14.178 de Promoción Industrial y demás disposiciones
concordantes o que se establezcan.