Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de Pesca, a
los fines que se expresarán;
RESULTANDO: I) con fecha 2 de octubre de 1997, la firma NAFISOL S.A.,
solicitó el correspondiente permiso para ejercer actividades de
comercialización al por mayor de productos de la pesca;
II) el Instituto Nacional de Pesca, con fecha 17 de febrero de 1998,
expresa que se han dado los extremos previstos reglamentariamente para
acceder a lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir con todas
las obligaciones de información que, con fines técnicos, estadísticos o de
investigación, le fueren requeridos por el Instituto, en ejercicio de las
atribuciones conferidas al mismo por el decreto-ley Nº 14.484, de 18 de
diciembre de 1975;
CONSIDERANDO: conveniente, de acuerdo con los informes favorables
vertidos en estos obrados, proveer en la forma aconsejada por el Instituto
Nacional de Pesca;
ATENTO: a lo preceptuado por el Art. 22 de la ley Nº 13.833, de 29 de
diciembre de 1969, decreto-ley Nº 14.484, de 18 de diciembre de 1975,
decreto Nº 149/997, de 7 de mayo de 1997 y decreto Nº 213/997, de 18 de
junio de 1997 y a lo informado por la División Servicios Jurídicos del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Otórgase a favor de la firma NAFISOL S.A., el correspondiente permiso
para ejercer actividades de comercialización al por mayor de productos de
la pesca.