Visto: las sustancias minerales descubiertas al amparo de la Reserva
Minera NºXX en la Zona III y la necesidad de proceder a licitar el
derecho a solicitar el Permiso de Exploración en el área donde dichas
sustancias se encuentran.
Resultando: que en virtud del artículo 54 del código de Minería esas
sustancias minerales están incluídas en la Clase Idel artículo 7º.
Considerando: que la DI.NA.MI.GE. es el organismo competente para
proceder a licitar el derecho a solicitar el Permiso de Exploración en la
Zona III y que es de interés que al otorgarse el título minero por dicho
Organismo, se regule por el Código de MInería, Título III, Régimen de loa
Yacimientos de la Clase III, cesando en esa área la Reserva MInera
establecida,
El Presidente de la República
RESUELVE:
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Autorízase a la DI.NA.MI.GE. a licitar el derecho a solicitar, el
Permiso de Exploración en la Zona III, de la Reserva MInera NºXX (plano
de fojas 7).