Visto: las negociaciones efectuadas ante la Junta Nacional de Granos de
la República Argentina, para la compra de trigo, oportunidad en la cual se
suscribieron dos documentos: a) un Acuerdo de Intención de Compra por
hasta 25.000 toneladas y b) un Contrato de Compraventa por 10.000
toneladas de trigo.
Resultando: I) Por decreto de fecha 4 de agosto de 1986, se exoneró del
pago de todo tributo a la importación de hasta 80.000 toneladas del
cereal, destinadas al abastecimiento del consumo interno;
II) Por el artículo 4 del mencionado decreto se autorizó al Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca a efectuar compras de trigo en el exterior,
en forma directa, en las condiciones establecidas en el mismo decreto.
Considerando: de acuerdo con lo expuesto corresponde, en el caso,
aprobar lo actuado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en
cuanto a la suscripción de los documentos referidos en la parte expositiva
de esta resolución.
Atento: a lo preceptuado por el decreto de fecha 4 de agosto de 1986,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Apruébanse el Acuerdo de Intención de Compra por hasta 25.000
toneladas de trigo y el Contrato de Compraventa por 10.000 toneladas
de trigo, suscrito entre el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y
la Junta Nacional de Granos de la República Argentina, de acuerdo con lo
dispuesto por el decreto de 4 de agosto de 1986, que respectivamente
expresan: (*)