A Los efectos del control y seguimiento, la empresa "Layfa S.A."
deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y
durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes
físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos sin perjuicio de
toda otra información que le sea requerida.