Resolución N° 593/989
UTILIZACION TEMPORAL DE LA FRECUENCIA DE CANAL 2. SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA. PUNTA DEL ESTE. MALDONADO
Promulgación: 26/09/1989
Publicación: 06/04/1990
- Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
3
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones para la notificación a los interesados y demás efectos.-
Ayuda