Autorízase a la empresa MICLONAR S.A. (COMPLEJO TURISTICO HOTEL
TERMINAL PLAZA) a usufructuar las exoneraciones previstas en el artículo
3º inciso 2º del Decreto 291/995 (exoneración del Impuesto al Valor
Agregado a la importación de bienes destinados a la construcción -
infraestructura y obra civil) en relación a los siguientes bienes y por
hasta la suma de U$S 228.650: material sanitario, vidrios y cristales,
aluminio, carpintería de madera, hierro para hormigón armado, artefactos
sanitarios y grifería, hierro, cielorrasos y ornamentación, servicios de
proyecto, dirección, ejecución y administración de obra.