Ver vigencia: Resolución Nº 741/008 de 22/09/2008 numeral 1.
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El permisionario deberá cumplir con las condiciones
técnico-administrativas determinadas por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC). El cumplimiento de dichas
condiciones no supondrá cambio alguno en el carácter precario y revocable
de la autorización oportunamente otorgada.-