Exonérase en forma total a la empresa Industria Sulfúrica S.A. de
recargos incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero
Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general, todo
tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del
siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado "competitivo de
la industria nacional", a excepción del Impuesto al Valor Agregado:
Tres (3) torres de enfriamiento de agua.