Exonérase en forma total a la empresa Industria Sulfúrica S.A. de todo
recargo -incluso el mínimo-, derechos y tasas consulares Impuesto Aduanero
Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general, todo
tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del
siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado
"competitivo de la industria nacional" a excepción del Impuesto al Valor
Agregado:
Tres (3) torres de enfriamiento de agua.