DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO. MONTEVIDEO




Promulgación: 03/10/1989
Publicación: 08/02/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 371
 Visto: la gestión realizada por la Comisión del Patrimonio Histórico,
Artístico y Cultural de la Nación, en el sentido de declarar Monumento
Histórico la Escuela Experimental de Malvín, situada entre las calles
Decroly, Estrázulas y Michigan, Padrón Nº 146.942, área 6.410 m2 carpeta
catastral Nº 3.381, 10ª Sección Judicial del departamento de Montevideo.

 Resultando: I) Que el edificio fue proyectado por el Arq. J. A. Scasso
hacia el año 1928 siendo una obra de claro planteo funcional que logró con
acotados recursos una señalable riqueza volumétrica y especial y adoptada
al método pedagógico del Dr. Ovidio Decroly;

 II) Que las fachadas son de revoque coloreado y en su composición se
evidencia elementos figurativos que vinculan la obra a varios de los
movimientos y personalidades de mayor relieve en la renovación lingüística
registrada en Estados Unidos y Europa en la década del 20 (Erick
Mendelsohn expresionismo holandés "Art. Deco." etc.);

 III) Que el conjunto resulta de gran importancia para el barrio en gran
medida por sus valores urbano - arquitectónicos y por contar con
significativos servicios culturales a nivel comunitario, siendo además una
obra de trascendencia, insoslayable en cualquier análisis de la
arquitectura moderna, no solo a nivel nacional sino también a escolar
regional.

 Considerando: I) Que es convicción unánime de la Comisión del Patrimonio
Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, que al asegurar la
preservación de este bien se contribuye al mantenimiento de ejemplos
testimoniales de carácter arquitectónico cultural;

 II) Que el Poder Ejecutivo animado del propósito de preservar la
integridad de aquellos bienes que forman parte del quehacer histórico
artístico arquitectónico y cultural del país, estima pertinente acoger la
propuesta formulada y declarar Monumento Histórico la Escuela Experimental
del Malvín.

 Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo propuesto por la Comisión del
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación y a lo dispuesto
por la ley 14.040 de fecha 20 de octubre de 1971 y decreto reglamento
536/972 de 1º de agosto de 1972,

 El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

  Declárase Monumento Histórico la Escuela Experimental de Malvín situada
entre las calles Decroly, Estrázulas y Michigan, Padrón 146.942 área 6.410
m2 carpeta catastral 3.381, 10ª Sección Judicial del departamento de
Montevideo.

2

  Dicho bien quedará afectado por las siguientes servidumbres:

a) Prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica que
   altere las líneas el carácter o la finalidad del edificio, sin previo
   consentimiento de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
   Cultural de la Nación;

b) Prohibición de destinar el Monumento Histórico a usos incompatibles con
   las finalidades con la ley 14.040;

c) Obligación de proveer a la conservación del inmueble o de ejecutar las
   reparaciones necesarias para ese fin;

d) Obligación de permitir las inspecciones que disponga la Comisión del
   Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación a los fines de
   la comprobación del estado de conservación del bien y del fiel
   cumplimiento de las obligaciones y prohibiciones consagradas por la
   ley 14.040.

3

  Comuníquese a la Dirección Nacional de Catastro; al Registro General de
Inhibiciones; al Registro de Traslaciones de Dominio; a la Intendencia
Municipal de Montevideo; al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; al
Ministerio de Educación y Cultura; a la Dirección Nacional de Bomberos; a
la Secretaría de la Asamblea General del Poder Legislativo; a la
Administración Nacional de la Educación Pública y a la Comisión del
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación.

4

   Publíquese en el Diario Oficial, cumplido, archívese.

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