Autorízase a la firma Sintéticos Slowak S.A. a gestionar ante el Banco de
la República Oriental del Uruguay, la concesión de un crédito a ocho (8)
años de plazo, por el 80% (ochenta por ciento) del valor actualizado del
equipamiento a construir en el país, con destino a la planta industrial
de la misma, detallado en el Capítulo 3, Apartado 3.3 (Item 3.3.3.) del
proyecto presentado (Artículo 6º, apartado I, inciso B, ley 14.178).