Autorízase a la firma Polímeros Uruguayos S.A. (en formación), a gestionar
ante el Banco de la República Oriental del Uruguay, el otorgamiento de un
crédito en moneda nacional por el 50% (cincuenta por ciento) del valor
actualizado del capital de giro inicial de la firma, el que será cancelado
antes de los dos (2) años siguientes a la iniciación de la producción que
realice la empresa (Artículo 6º, apartado I, inciso E, ley 14.178).