VISTO: la solicitud de transferencia de acciones de LANOS S.A. titular de la Emisora "El Espectador", permisionaria de las frecuencias de Amplitud Modulada 810 kHz CX 14 de Montevideo y Onda Corta 11.835 kHz CXA 19, del departamento de Montevideo, a favor de Francisco de Posadas, Ignacio Abadie y Jorge Carlos Piñeyrúa;
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 630/017 de 11 de julio 2017, se autorizó la cesión de acciones de la empresa LANOS S.A. permisionaria de las frecuencias de Amplitud Modulada 810 kHz CX 14 de Montevideo y Onda Corta 11.835 kHz CXAI9, de la señora María Antonia Mastrángelo Curras y el señor Alfredo Javier Massa Mastrángelo a favor de los señores Julio Bernardino Arocena Pons, Elbio Andrés Duro Von Walther y la señora Margarita Alexandra Morgan Vilaró;
II) que de acuerdo a dicha transferencia, LANOS S.A quedó integrada por los señores Julio Bernardino Arocena Pons con 60% de acciones, Elbio Andrés Duro Von Walther con el 30% y la señora Margarita Alexandra Morgan Vilaró con el 10% del capital accionario;
III) que de efectuarse la transferencia cuya autorización se solicita, LANOS S.A. quedará integrada por Francisco de Posadas, Ignacio Abadie y Jorge Carlos Piñeyrúa, con 70%, 15% y 15%, respectivamente.
CONSIDERANDO: I) que los señores Francisco De Posadas, Ignacio Abadie y Jorge Carlos Piñeyrúa han dado cumplimiento a los requisitos exigidos por los artículos 104, literal G y 105 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;
II) que se dio cumplimiento a la presentación por LANOS S.A. de los certificados actualizados de la Dirección General Impositiva y del Banco de Previsión Social, referentes a sus obligaciones tributarias y seguridad social;
III) que la permisionaria no mantiene deudas con la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones;
IV) que la Asesoría jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, sugiere autorizar la transferencia solicitada;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, sus modificativos y concordantes, la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991 y N° 244/000 de 23 de agosto de 2000, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de la titularidad de acciones de LANOS S.A., titular de Emisora "El Espectador", permisionaria de las frecuencias de Amplitud Modulada 810 kHz CX 14 de Montevideo y Onda Corta 11.835 kHz CXA 19, del departamento de Montevideo, a favor de Francisco de Posadas, Ignacio Abadie y Jorge Carlos Piñeyrúa.
Establécese que la empresa LANOS S.A quedará integrada por los señores Francisco de Posadas con 70% de las acciones, Ignacio Abadie con 15% de las acciones y Jorge Carlos Piñeyrúa con 15% de las acciones.
Establécese que, conforme a lo previsto en el artículo 109 inc. 6 de la Ley N° 19.307, del 29 de diciembre de 2014, (Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual), la parte interesada cuenta con un plazo de 4 meses para acreditar en forma fehaciente ante el Poder Ejecutivo la realización del negocio, so pena de caducidad de la autorización conferida.