DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MALDONADO




Promulgación: 27/07/1993
Publicación: 01/09/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 103
 Visto: la gestión de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación, en el sentido de declarar Monumento Histórico las
edificaciones del Hotel Piriápolis, del Argentino Hotel y sus
dependencias, del Pabellón de las Rosas y Casa del Administrador,
fracciones 3 y 4 del Padrón 2008 de la ciudad de Piriápolis, departamento
de Maldonado;

 Resultando: I) el Hotel Piriápolis (hoy Colonia de Vacaciones de ANEP) y
el Argentino Hotel son dos ejemplos de realizaciones del Arquitecto Jones
Brown financiadas por Francisco Piria para su proyecto de creación del
Balneario Piriápolis;

II) en 1905 funda el primer Hotel de Piriápolis y en 1930 se inaugura el
Argentino Hotel, culminando de esta forma la magna obra que Piria realizó
en dicha ciudad;

III) Desde el punto de vista arquitectónico se nota el período
transcurrido entre uno y otro por la depuración de la forma y la
volumetría que la emparenta con otras realizaciones de la época;

 Considerando: I) que el 25 de enero de 1942, el Hotel Argentino y el
Hotel Piriápolis junto con otros inmuebles del lugar fueron adquiridos
por el Estado en subasta judicial;

II) que los inmuebles de que se trata por su calidad arquitectónica, han
logrado con el entorno paisajístico al cual están definitivamente
integrado un testimonio patrimonial que debe preservarse;

III) que el Poder Ejecutivo, animado de propósito de salvaguardar la
integridad de aquellos bienes que forman parte del quehacer histórico,
artístico y cultural y arquitectónico del país, estima pertinente acoger
la presente propuesta;

 Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión
del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a lo
dispuesto en la Ley 14.040 del 20 de octubre de 1971 y Decreto
Reglamentario 536/972 del 1º de agosto de 1972;

 El Ministro de Educación y Cultura, en ejercicio de las atribuciones
delegadas;

                             RESUELVE:

1

 Declárase Monumento Histórico las fracciones 3 y 4 del Padrón 2008 de la
ciudad de Piriápolis, departamento de Maldonado, compuesto por las
edificaciones del Hotel Piriápolis, Hotel Argentino y sus dependencias,
Pabellón de las Rosas y el edificio conocido como Casa del Administrador;

2

    Dicho bien queda afectado por las siguientes servidumbres:
 a) prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica que
    altere las líneas, el carácter o la finalidad de los edificios
    señalados en el numeral anterior, sin previo consentimiento de la
    Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la
    Nación;
 b) prohibición de destinar los inmuebles a usos incompatibles con
    las finalidades de la Ley 14.040;
 c) obligación de proveer a la conservación del inmueble y de
    ejecutar las reparaciones accesorias para este fin;
 d) obligación de permitir las inspecciones que disponga la Comisión
    del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a
    los fines de la comprobación del estado de conservación del bien
    y del fiel cumplimiento de las obligaciones y prohibiciones
    consagradas en la ley 14.040.

3

 Comuníquese a la Dirección Nacional de Catastro, al Registro
General de Inhibiciones, al Registro de Traslaciones de Dominio de
Maldonado, a la Intendencia Municipal de Maldonado, al Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, al Ministerio de Educación y Cultura, a
la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la
Nación.

ANTONIO MERCADER
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