Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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Quedan expresamente formuladas las siguientes reservas:
A) De la prestación de los servicios de rampa por parte del Estado;
B) Del derecho de adquisición a que alude el artículo 26 de la Reglamentación aprobada por el decreto 39/977 de fecha 25 de enero de 1977.