DELEGACION DE ATRIBUCIONES. FIJACION DE MONTO QUE EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PODRA SUBDELEGAR




Promulgación: 15/10/2007
Publicación: 23/10/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 890
VISTO: lo dispuesto por Resoluciones del Poder Ejecutivo Nos. 818/990 de 5
de octubre de 1990 y 1.048/999 de 16 de noviembre de 1999.

RESULTANDO: I) que por la Resolución Nº 818/990, antes citada, se dispuso
la delegación de las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes a
autorizaciones de pago, de gastos y remuneraciones personales en el
Ministerio de Economía y Finanzas, cuando las mismas fueran por cantidades
inferiores al monto mínimo para las licitaciones públicas.

II) que por el numeral segundo de la Resolución citada, se autorizó al
Ministerio de Economía y Finanzas a subdelegar las facultades referidas,
cuando la autorización no excediera de un monto establecido en salarios
mínimos nacionales.

III) que por la Resolución Nº 1.048/999 se elevó el monto máximo que
permitía subdelegar dichas autorizaciones en el Contador General de la
Nación.

CONSIDERANDO: I) que, en vista de lo dispuesto por la Ley Nº 17.856 de 20
de diciembre de 2004 sobre la creación de la Base de Prestaciones y
Contribuciones (BPC) y su desvinculación del Salario Mínimo Nacional
(SMN), resulta necesario precisar el tope monetario de la subdelegación.

II) que se entiende pertinente incrementar el monto máximo establecido
como límite para la subdelegación en el Contador General de la Nación, de
manera tal que el instituto cumpla con la finalidad de simplificar los
procedimientos administrativos y reducir el volumen y plazos para su
resolución.

III) que, sin perjuicio de observar el límite establecido para la
delegación de atribuciones del Poder Ejecutivo en el Ministerio de
Economía y Finanzas, se entiende que razones de buena administración
justifican que el monto máximo para la delegación en el Contador General
de la Nación, se eleve a 100 (cien) bases.

ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por los artículos 160 y 168, Numeral
24 de la Constitución de la República, así como a lo informado por el
Ministerio de Economía y Finanzas y la Contaduría General de la Nación.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                RESUELVE:

1

 Fíjase en la suma equivalente a 100 (cien) Bases de Prestaciones y
Contribuciones (BPC) el monto máximo de las autorizaciones de pago por
concepto de gastos de funcionamiento y de remuneraciones personales, que
el Ministerio de Economía y Finanzas, bajo su responsabilidad, podrá
subdelegar en el Contador General de la Nación, según las facultades
delegadas por el Poder Ejecutivo por Resolución Nº 818/990 de 5 de octubre
de 1990.

2

 El monto establecido en el artículo anterior, será considerado un máximo
por cada autorización de pago, salvo que se trate de retribuciones
personales en cuyo caso el tope será aplicado individualmente, por cada
titular de las mismas, sin perjuicio del límite dispuesto por el Numeral
primero de la Resolución Nº 818/990 de 5 de octubre de 1990.

3

 Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 1.048/999 de 16 de
noviembre de 1999.

4

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI
Ayuda