Exonérase en forma total a la empresa LARINUR S.A., de todo recargo
incluso el mínimo, Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de
Movilización de Bultos y en general todo tributo cuya aplicación
corresponda en ocasión de la importación del siguiente equipamiento
previsto en el proyecto y declarado no competitivo de la industria
nacional:
- 1 (una) máquina de hielo granulado AF 30
- 1 (una) divisora volumétrica DB07 60 a 750 g.
- 1 (una) bollera plana BP-2
- 1 (un) descansador CP-32
- 1 (un) grupo automático universal
- 1 (una) máquina para presionar masa
- 2 (dos) laminadoras
- 1 (una) unidad medias lunas con rodillos corte
- 1 (un) calibrador con velocidad variable
- 1 (una) línea de producción modular con corte guillot., doblad.
- 1 (una) dosificadora con colector 5 filas
- 1 (un) disco 5 filas
- 1 (un) colector de 5 filas (incluído)
- 1 (una) máquina para dobleces 5 filas
- 1 (un) equipo humidificador y productor de calor
- 240 (doscientos cuarenta) bandejas perforadas de aluminio
- 2 (dos) hornos for export