VISTO: la solicitud de la firma F.U.N.S.A. (FABRICA URUGUAYA DE
NEUMATICOS S.A.), que se dedica a la fabricación y comercialización de
neumáticos, tendiente a obtener, la declaratoria promocional para la
actividad que se propone realizar según su proyecto de inversión y la
concesión de diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: I) el proyecto presentado tiene como objetivo la
incorporación de maquinaria de nueva tecnología, con el fin de
incrementar la capacidad de producción y mejorar la eficiencia del
proceso productivo y comercial;
II) la Comisión de Aplicación creada por el art. 12 de la Ley No. 16.906
del 7 de enero de 1998 considera que corresponde la declaratoria
promocional para la actividad del proyecto de inversión presentado por
F.U.N.S.A. (FABRICA URUGUAYA DE NEUMATICOS S.A.) y propone medidas
promocionales;
CONSIDERANDO: que el proyecto presentado por la firma F.U.N.S.A. (FABRICA
URUGUAYA DE NEUMATICOS S.A.), de acuerdo a lo informado por la Dirección
Nacional de Industrias, es viable técnica, financiera y económicamente;
ATENTO: a lo expuesto, lo aconsejado por la Comisión de Aplicación (art.
12 de la Ley No. 16.906) y lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178
de Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y por la Ley No. 16.906
del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por F.U.N.S.A. (FABRICA URUGUAYA DE NEUMATICOS S.A.), que tiene como
finalidad la incorporación de maquinaria de nueva tecnología, con el fin
de incrementar la eficiencia del proceso productivo y comercial;