AJUSTE DE CREDITOS PRESUPUESTALES PARA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSIONES. ENERO 1987




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 12/03/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 961
    Visto: la necesidad de ajustar los créditos presupuestales de
funcionamiento e inversiones de los Incisos 02 al 26 del Presupuesto
Nacional.

Resultando: la variación experimentada en el Indice General de Precios
al Consumo en el período setiembre a diciembre de 1986.

Considerando: que el índice establecido precedentemente debe coordinar
con las disponibilidades de las fuentes del financiamiento respectivas.

Atento: a lo establecido por los artículos 69, 70 y 82 de la ley 15.809 de
8 de abril de 1986.

    El Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros

                                RESUELVE:

1

    Increméntase los créditos  presupuestales de  funcionamiento y  de
inversiones de los Incisos 02 al 26 del Presupuesto Nacional en un 19%
(diecinueve por ciento) a partir del 1º de enero de 1987.

2

    Dése cuenta a la Asamblea General.

3

    Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Contaduría General de la Nación

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - ALBERTO RODRIGUEZ NIN - RICARDO ZERBINO
CAVAJANI - JUAN VICENTE CHIARINO - JULIO AGUIAR - ALEJANDRO ATCHUGARRY -
JORGE PRESNO HARAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - PEDRO
BONINO GARMENDIA - ALFREDO SILVERA LIMA
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