Visto: la necesidad de ajustar los créditos presupuestales de
funcionamiento e inversiones de los Incisos 02 al 26 del Presupuesto
Nacional.
Resultando: la variación experimentada en el Indice General de Precios
al Consumo en el período setiembre a diciembre de 1986.
Considerando: que el índice establecido precedentemente debe coordinar
con las disponibilidades de las fuentes del financiamiento respectivas.
Atento: a lo establecido por los artículos 69, 70 y 82 de la ley 15.809 de
8 de abril de 1986.
El Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
1
Increméntase los créditos presupuestales de funcionamiento y de
inversiones de los Incisos 02 al 26 del Presupuesto Nacional en un 19%
(diecinueve por ciento) a partir del 1º de enero de 1987.
SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - ALBERTO RODRIGUEZ NIN - RICARDO ZERBINO
CAVAJANI - JUAN VICENTE CHIARINO - JULIO AGUIAR - ALEJANDRO ATCHUGARRY -
JORGE PRESNO HARAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - PEDRO
BONINO GARMENDIA - ALFREDO SILVERA LIMA