VISTO: la solicitud de la empresa TENISTA S.A. (COMPLEJO TURISTICO HOTEL
LA FORET), tendiente a modificar los numerales 3º. y 4º. de la resolución
del Poder Ejecutivo de fecha 9 de diciembre de 1997, en la que se
estableciera los montos para usufructuar de las exoneraciones concedidas
en la Declaratoria de Interés Nacional;
RESULTANDO: la empresa solicita disminuir en la cantidad de U$S 500.000
el importe establecido en el numeral 4º de dicha resolución, (artículo 3º
inciso 2º del Decreto 291/95: exoneración del Impuesto al Valor Agregado
a la importación de bienes), y a su vez incrementar este importe en el
numeral 3º de la mencionada resolución, (artículo 3º inciso 1º del
Decreto 291/95: exoneración del Impuesto al Valor Agregado en la
adquisición en plaza);
CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12º. de la ley 16.906, del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido por el Decreto Nº. 291/95 del 2 de
agosto de 1995;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE: