Cométese a la Dirección Granos (DIGRA), todo lo relacionado con
este convenio, y en especial, realizar todas las operaciones vinculadas
con las exportaciones objeto de esta resolución, quedando autorizada para
efectuar, en forma directa y por los montos que estime conveniente, la
contratación de todos los servicios y suministros que para ello sea
necesario, tales como transportes, certificado sanitario, habilitaciones
portuarias trabajos extraordinarios, etc.; los gastos que por tal motivo
se originen, serán atendidos con los recursos que el Banco de la República
Oriental del Uruguay pondrá a disposición de la Dirección Granos
(DIGRA),en la cuenta Nº 31305/1170.