FIJACION DE LAS TARIFAS DE COSTO DE PAGINA Y PUBLICACIONES DEL DIARIO




Promulgación: 27/01/1976
Publicación: 30/01/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 183
Referencias a toda la norma
Visto: la gestión promovida por las Direcciones del "Diario Oficial" y de
la Imprenta Nacional, solicitando la aprobación por el Poder Ejecutivo de
las tarifas de costo de página y publicaciones, respectivamente, que
deberán regir durante el ejercicio 1976.

Atento: a lo dispuesto por el artículo 173º de la ley 13.835, de 7 de
enero de 1970, que determina la fijación por el Poder Ejecutivo de las
nuevas tarifas, de acuerdo a los costos propuestos, tal como lo establece
la norma citada,

El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

Fíjanse los siguientes precios para el pago de los trabajos de impresión
por página del "Diario Oficial", por parte de la Imprenta Nacional, los
que regirán a partir de la fecha de publicación de la presente resolución
y hasta el 31 de diciembre de 1976:

 Costo de página (composición nueva), N$ 55, (nuevos pesos cincuenta y
cinto).

 Costo de página (composición aprovechable), N$ 47,50 (nuevos pesos
cuarenta y siete con cincuenta centésimos).

BORDABERRY - DANIEL DARRACQ
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