Establécese que esta autorización tendrá carácter de precaria y
revocable en cualquier momento, sin derecho a indemnización de clase
alguna, y se regirá por las condiciones previstas en el proyecto
respectivo y las que impusiere la Dirección Nacional de Comunicaciones
para complementarlo o adecuarlo a las disposiciones legales o
reglamentarias. Cuando existiere discrepancias o contradicciones entre el
proyecto presentado por el interesado y las normas reglamentarias y
técnicas dictadas por dicha Dirección, prevalecerán estas últimas.-