VISTO: el proyecto de inversión sometido a consideración por los Sres.
MARIO ROVELLA y CLARA CARPENTIERI para su calificación como Complejo
Turístico;
RESULTANDO: el Decreto Ley No. 14.178 de 28 de marzo de 1974 y el
Decreto No. 291/95 del 2 de agosto de 1995, prevén el otorgamiento de
medidas promocionales a favor de quienes realicen inversiones en el sector
Turismo del País,
CONSIDERANDO: I) que el Decreto No. 291/95 en el último inciso de su
art. 1o. establece que el Poder Ejecutivo podrá otorgar la declaración de
Interés Nacional y los beneficios tributarios previstos en el decreto a
otros emprendimientos y proyectos que por sus características e
importancia, su ejecución determine un significativo aporte para la
captación de la demanda turística;
II) los Sres. MARIO ROVELLA y CLARA CARPENTIERI proyectan construir en las
Termas del Daymán, departamento de Salto, un Complejo Turístico que consta
de: un hotel con 20 habitaciones totalmente equipadas, dos de ellas
dobles, recepción, salón comedor, solarium y piscina, lavandería, etc.;
III) la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera al presente
proyecto viable financiera y económicamente;
IV) consultada la Asesoría Técnica del Ministerio de Turismo, sugiere la
declaración de Interés Nacional de acuerdo al inciso 2o. del artículo 1o.
del Decreto No. 291/95, en virtud de las características e importancia del
mencionado emprendimiento, fundamentalmente teniendo en cuenta que viene a
reforzar en equipamiento y alojamiento de buen nivel a una zona ya
consolidada, con demanda en aumento;
ATENTO: a lo expresado, a lo informado por la Unidad Asesora de
Promoción Industrial del Ministerio de Industria, Energía y Minería, lo
dictaminado por la Asesoría Técnica del Ministerio de Turismo, y a lo
establecido por el Decreto No. 291/95 de 2 de agosto de 1995;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárese de Interés Nacional, de acuerdo a lo establecido por el
inciso 2o. del artículo 1o. del Decreto No. 291/995, el proyecto de
inversión presentado por MARIO ROVELLA y CLARA CARPENTIERI para la
construcción del Complejo Turístico denominado AGUAS CALIENTES, a
construirse en terreno sito en la Tercera Sección Judicial del
departamento de Salto, Termas del Daymán, empadronado con el No. 29.195
con frente a la calle Jacarandá y a la Avda. Paysandú, por un monto total
de inversión de US$ 521.090 (dólares americanos quinientos veintiun mil
noventa).
SANGUINETTI - JULIO HERRERA - JUAN ALBERTO MOREIRA - BENITO STERN