Autorízase a MARIO ROVELLA y CLARA CARPENTIERI a usufructuar las
exoneraciones previstas en el artículo 3º del inciso 1º del Decreto
291/995 (otorgamiento de un crédito por Impuesto al Valor Agregado en la
adquisición de bienes y servicios en plaza) por hasta la suma de U$S
210.210. (*)