A los efectos del control y seguimiento, la empresa MIDOBER'S S.A
deberá documentar ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería
anualmente y durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto
los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos,
sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.